Cambio

¿Por qué se ha de temer a los cambios? Toda la vida es un cambio.
H. G. Wells

Crisis

“En los momentos de crisis, sólo la imaginación es más importante que el conocimiento.”

Albert Einstein

Revolución

Las revoluciones se producen en los callejones sin salida.

Bertolt Brecht

 

Recursos


Prueba Bimestral III



1.  La inconformidad de un grupo de estudiantes mencionada en el texto, se relaciona con la convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente por:
a. Ser un antecedente de la asamblea, pues gracias al movimiento se convoca al cambio de constitución.
b. Ser una consecuencia, pues sin asamblea no era posible la participación de los jóvenes.
c. No tienen relación, pues suceden en momentos distintos de la historia del país.
d. La relación entre los dos hechos es mínima pues la constitución del 1991 es una reforma de la de 1886.

2. El artículo 19 de la Constitución Política Nacional, garantiza la libertad de cultos, dicha libertad consiste en:
a. Declarase libremente católico, pues esta es la religión de la nación.
b. No profesar ninguna religión, pues el estado está separado de la religión.
c. La desaparición de la iglesia católica del país.
d. Profesar libremente su religión y difundirla en forma individual o colectiva.

3. Seleccione las palabras que completan la afirmación:
La Fiscalía General de la Nación pertenece a la rama ____________ y  se encarga de ____________ los hechos que constituyen delito.
a. Ejecutiva - promulgar
b. Judicial - investigar
c. Política - procesar
d. Legislativa – buscar

4. Con la pasada ola invernal, el presidente de la republica declaro el Estado de emergencia, que es uno de los estados de excepción, bajo esta figura el presidente puede:
a. Emitir decretos con fuerza de ley.
b. Reformar la constitución política.
c. Cambiar las leyes dadas por el congreso.
d. Desobedecer a la corte constitucional.

5. Pedro y Fernanda compiten por un puesto en una importante empresa, ella está embarazada, pero su hoja de vida es mejor que la de Pedro, la empresa decide contratar a Pedro.  En el anterior caso y según el texto:
a. La empresa sigue al pie de la letra la constitución política.
b. Se escoge según las capacidades naturales para el cargo, pues es bien sabido que los hombres son más responsables.
c. Se desconocen las garantías de igualdad de género que estipula la carta política de los colombianos.
d. No se viola la ley vigente, pues Fernanda debe respetar el derecho a la vida de su bebé.

6. En la Constitución Política de Colombia es posible encontrar tres grupos de derechos para los ciudadanos: los derechos fundamentales (Capítulo I- Titulo II), los derechos sociales, económicos y culturales (Capítulo II – Titulo II) y los derechos colectivos y del medio ambiente (Capitulo III – Titulo II).  La relación de este catálogo de derechos con las garantías constitucionales puede estar dado por:
a. Las normas internacionales que protegen los derechos de los niños.
b. Acciones como  el plebiscito para garantizar los derechos ciudadanos.
c. El voto que garantiza la participación política de los colombianos.
d. La Acción de Tutela que permite reclamar por la protección de los derechos fundamentales.

7. Juan fe elegido alcalde por una amplia mayoría en su pueblo natal, ya han pasado casi 2 años de su gobierno y la población aun no ve que Juan cumpla con su plan de gobierno, ante esta situación y haciendo uso de la constitución política la población puede:
a. Solicitar la revocatoria del mandato, como mecanismo de participación ciudadana.
b. Entablar demanda penal por el incumplimiento en las funciones del alcalde elegido democráticamente.
c. Anular las elecciones, pues es posible según la constitución cambiar la intención de voto.
d. Hacer una consulta popular sobre si Juan debe seguir en el cargo o debe renunciar.

8. En una empresa de confección de textiles los empleados son sometidos a malos tratos y condiciones de trabajo injustas, cuando los trabajadores manifiestan sus opiniones son despedidos o multados con rebajas en el salario.  Raúl fue despedido la semana pasada por hacer uso de su derecho a la huelga, ante esta situación y en el marco de una constitución respetuosa de los derechos humanos, Raúl puede:
a. Atentar contra los bienes de la empresa, al fin y al cabo el ayudo a construirla.
b. Acudir a la defensoría del pueblo para recibir asesoría y lograr la protección de sus derechos.
c. Denunciar ante cualquier estación de policía la actuación de su jefe.
d. Hablar con su amigo el político para que en las próximas elecciones no cuente con el sector textil.

9. Cerca de un colegio en la ciudad de Bogotá funciona una industria química,  en la mañana y en la tarde salen fuertes olores y los desechos de la industria están contaminando un rio cercano, en este caso podemos deducir que:
a.  El artículo 81 de la constitución es violado, pues la empresa puede estar fabricando armas químicas y esa actividad es ilegal.
b.  El presidente de la república debe proteger el medio ambiente y en este caso no hace nada.
c. La constitución habla de derechos humanos no de derechos ambientales.
d. La comunidad puede exigir el cierre de la fábrica haciendo uso de su derecho constitucional.

10. La empresa de acueducto decidió cortar el suministro de agua a un barrio humilde, pues dice que la gente desperdicia el líquido y no paga el recibo, ante esto y según la protección y aplicación de los derechos puede suceder que:
a. La empresa adelante una acción popular contra la gente por no respetar los derechos ambientales.
b. La gente interponga una tutela contra la empresa por el corte de agua.
c. La gente interponga una acción popular para la protección de sus intereses y derechos.
d. La gente no haga nada, pues según la constitución si no se paga no se puede recamar.

Lee con atención el siguiente texto:

20 grandes cambios que generó la Constitución de 1991
Diario el País. Julio 3 de 2011

Tras 20 años de la promulgación de la Carta Magna, existen figuras que hicieron evolucionar el país, otras que están desahuciadas, no han funcionado o aún no se reglamentan.
La historia política de Colombia se partió en dos ese 4 de julio de 1991 cuando el país estrenó su Constitución, fruto de la inconformidad de un grupo de estudiantes que lograron la convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente.
Ese cambio constitucional representó muchas modificaciones para el país, muchas de ellas que revolucionaron los espectros sociales y políticos de Colombia.
Aquí, El País resalta [algunos de los] cambios más revolucionarios de la Constitución Política que partieron la historia del país en dos.
Libertad de cultos
Con el nacimiento de la Constitución del 91 cesó la hegemonía de la Iglesia Católica como religión de la Nación y se abrió paso a la libertad que tienen los ciudadanos de profesar otras creencias…
La Acción de Tutela
Esta herramienta es catalogada como el mayor logro de la Carta del 91… La tutela es el mecanismo que tiene un ciudadano para reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados.
Fiscalía General de la Nación
Este ente acusador nació con la Constitución, pero sólo comenzó a operar el 1 de julio de 1992. Con la implementación del Sistema Penal Acusatorio, la Fiscalía se dedica a recolectar las pruebas para presentarlas al juez dentro de un proceso…
Corte Constitucional
Tiene la obligación de guardar la integridad y la supremacía de la Constitución y hacer los análisis de exequibilidad o inexequibilidad de las reformas o de las leyes estatutarias aprobadas por el Congreso o aquellas que sean demandadas por los ciudadanos…
Estados de Excepción
Estas figuras representan una herramienta para el Presidente de la República, que en momentos de anormalidad o emergencia, queda con facultades extraordinarias para emitir decretos con fuerza de ley, a fin de garantizar el retorno de la normalidad en el país…
Minorías étnicas y equidad de género
…En torno a las minorías étnicas, la Carta garantizó el respeto cultural y el desarrollo equitativo de los grupos indígenas en el país, así como la población afrodescendiente.  En materia de equidad de género, la Constitución establece que en Colombia no habrá discriminación alguna y que la participación de la mujer debe ser garantizada tanto en materia laboral como política…
Catálogo de derechos fundamentales
En la Constitución se consagró que Colombia es un Estado Social de Derecho y esta máxima fue reforzada por el constituyente a través de los derechos fundamentales que quedaron plasmados en la Carta.
Existen los de aplicación inmediata: Derecho a la vida, integridad personal, igualdad, reconocimiento de personalidad jurídica; intimidad; habeas data; libre desarrollo de la personalidad: libertad personal en todas sus formas; libertad de conciencia; expresión y de información; cultos; honra y buen nombre; derecho de petición; libre circulación; trabajo; libertad de escoger profesión y oficio; enseñanza, aprendizaje investigación y cátedra; habeas corpus; debido proceso; no ser sometido a sanciones de destierro, prisión perpetua o confiscación; asilo, en los términos previstos por la ley; libertades de reunión y manifestación; y derechos políticos.
Democracia participativa
…Es así que a partir de 1991 los colombianos, además del derecho de elegir a sus gobernantes, cuentan con mecanismos de participación directa para la toma de decisiones políticas. En este orden, la Carta consagra como mecanismos de participación el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria de mandato, todos estos calificados como derechos políticos de los ciudadanos…
Defensoría del Pueblo
En el momento en que la Constitución dirigió la mirada a la arista humanista se gestó de inmediato la creación de un organismo que garantizara, promoviera, divulgara, defendiera y protegiera los derechos humanos.
Fue en ese momento cuando los constituyentes le dieron vida a la Defensoría del Pueblo, la cual tiene dentro de sus funciones, la promoción del Derecho Internacional Humanitario (DIH)
Medio Ambiente
El ex constituyente, Horacio Serpa comentó que “la Constitución se adelantó muchos años a ese querer instaurar una cultura de defensa de la naturaleza y el medio ambiente”.
Lo anterior se deriva en que en la Carta se estableció la necesidad de tener un marco constitucional para la protección del medio ambiente. Así, se consagró la obligación que tiene el Estado de proteger las riquezas culturales y naturales, y a los particulares les inculca una función ecológica, todo con el fin de que en Colombia haya una conservación y un ambiente sano como derecho fundamental…
Acción Popular
Este mecanismo popular pretende la protección de los derechos e intereses colectivos en lo que tiene que ver con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad públicas, servicios públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, entre otros.

Texto completo en:




1. Formato de registro de notas para estudiantes
Para el segundo periodo, la clase de sociales te invita a llevar un registro de tus notas, para conocer en todo momento tu desempeño académico y si presentas dificultades hacer ajustes a tiempo.

Copia el formato en tu cuaderno o anexalo a tu carpeta (puedes solicitar una copia a tu correo o copiar el formato en clase de sociales ) 


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Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano

(26 de agosto de 1789)

Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; a fin de que los actos del poder legislativo y del poder ejecutivo, al poder cotejarse a cada instante con la finalidad de toda institución política, sean más respetados y para que las reclamaciones de los ciudadanos, en adelante fundadas en principios simples e indiscutibles, redunden siempre en beneficio del mantenimiento de la Constitución y de la felicidad de todos.

En consecuencia, la Asamblea nacional reconoce y declara, en presencia del Ser Supremo y bajo sus auspicios, los siguientes derechos del hombre y del ciudadano:

Artículo 1.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.
Artículo 2.La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
Artículo 3.El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo, ningún individuo, pueden ejercer una autoridad que no emane expresamente de ella.
Artículo 4.La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro: por eso, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites sólo pueden ser determinados por la ley.
Artículo 5.La ley sólo tiene derecho a prohibir los actos perjudiciales para la sociedad. Nada que no esté prohibido por la ley puede ser impedido, y nadie puede ser constreñido a hacer algo que ésta no ordene.
Artículo 6.La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos, ya sea que proteja o que sancione. Como todos los ciudadanos son iguales ante ella, todos son igualmente admisibles en toda dignidad, cargo o empleo públicos, según sus capacidades y sin otra distinción que la de sus virtudes y sus talentos.
Artículo 7.Ningún hombre puede ser acusado, arrestado o detenido, como no sea en los casos determinados por la ley y con arreglo a las formas que ésta ha prescrito. Quienes soliciten, cursen, ejecuten o hagan ejecutar órdenes arbitrarias deberán ser castigados; pero todo ciudadano convocado o aprehendido en virtud de la ley debe obedecer de inmediato; es culpable si opone resistencia.
Artículo 8.La ley sólo debe establecer penas estricta y evidentemente necesarias, y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley establecida y promulgada con anterioridad al delito, y aplicada legalmente.
Artículo 9.Puesto que todo hombre se presume inocente mientras no sea declarado culpable, si se juzga indispensable detenerlo, todo rigor que no sea necesario para apoderarse de su persona debe ser severamente reprimido por la ley.
Artículo 10.Nadie debe ser incomodado por sus opiniones, inclusive religiosas, a condición de que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley.
Artículo 11.La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.
Artículo 12.La garantía de los derechos del hombre y del ciudadano necesita de una fuerza pública; por lo tanto, esta fuerza ha sido instituida en beneficio de todos, y no para el provecho particular de aquellos a quienes ha sido encomendada.
Artículo 13.Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, resulta indispensable una contribución común; ésta debe repartirse equitativamente entre los ciudadanos, proporcionalmente a su capacidad.
Artículo 14.Los ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o a través de sus representantes, la necesidad de la contribución pública, de aceptarla libremente, de vigilar su empleo y de determinar su prorrata, su base, su recaudación y su duración.
Artículo 15.La sociedad tiene derecho a pedir cuentas de su gestión a todo agente público.
Artículo 16.Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.
Artículo 17.Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija de modo evidente, y a condición de una justa y previa indemnización.




1. Un día en la vida de Odette, hija de la Revolución Francesa

“Abuela, te contaré todo desde el día en que se reunieron los Estados Generales. La noche anterior, papá nos reunió a Pierre, a Nicole y a mí y nos contó que el rey los había convocado para hacer frente a la crisis de hambre, pobreza y descontento que hay en Francia. Yo no sé si tú en el campo has tenido problemas para alimentarte; pero lo que es aquí en París es casi imposible encontrar harina. Mamá tiene que hacer colas durante horas para conseguir apenas unos gramos y pagar carísimo.

El día de los Estados Generales salimos a la calle a ver a los diputados que se dirigían hacia Versalles. Nunca me voy a poder olvidar de esos doscientos diputados vestidos enteros de negro que representaban al Tercer Estado, a nosotros; ¡al pueblo! [...] Tras los diputados venían los nobles, tan elegantes, vestidos con encajes, sombreros con plumas y trajes orillados en oro. A su paso, las voces que habían vivado a los diputados del pueblo se silenciaron abruptamente. Tampoco hubo aclamaciones para los hombres de la Iglesia que los seguían.

Después, mis hermanos y yo acompañamos a mamá a la casa de la marquesa de Chambord a entregarle un vestido. Cuando llegamos [...] nos abrió un lacayo con librea de terciopelo verde y nos hizo pasar hasta el salón, [...] las paredes estaban cubiertas de un género carmesí y sobre ellas colgaban tapices con escenas de caza. Los espejos sobre las tres chimeneas multiplicaban la estancia y, aunque eran las tres de la tarde, los candelabros estaban encendidos. ¿Te das cuenta el despilfarro? [...] La marquesa vestía un traje de raso azulino orlado de encajes de color crema. Su peinado era alto, con un voluminoso moño hecho de cientos de bucles. Mamá le entregó el vestido y la mujer, en lugar de pagar, se quejó por el atraso.

–Perdone, señora marquesa –dijo mi mamá turbada– pero en estos días es tan difícil conseguir los hilos... Además no sabe usted el tiempo que pierdo en hacer colas para conseguir alimentos.

La marquesa hizo como que no escuchaba y nos ofreció unos pancitos de anís [...]; por lo demás, ni siguiera pagó por el vestido y le dijo que volviera después.

¿Te acuerdas cuando los curas y los nobles no quisieron juntarse con el pueblo en los Estados Generales y el Tercer Estado se constituyó en Asamblea Nacional? Bueno, sucedió que los representantes del Tercer Estado juraron solemnemente “no separarse más hasta que la Constitución sea establecida y fundamentada”. Mi papá me dijo que desde ese momento el rey tendría que gobernar con la Asamblea Nacional.

El domingo 12 de julio, cuando se supo que el rey había echado a Necker, su ministro de Finanzas. Mi papá y sus amigos comentaban que Necker nos defendía y que sin él los pobres iban a tener aún menos pan y aún más impuestos. Desde ese momento, la gente comenzó a salir a la calle al grito de: ‘¡A las armas, patriotas!’.

Esa noche, cuando papá volvió de su trabajo en el taller estaba magullado y corría un hilo de sangre por su frente. Nos contó que venía por las Tullerías cuando vio que una multitud se agolpaba en torno a un diputado del Tercer Estado que arengaba al pueblo diciendo: ‘Necker ha sido despedido, no podemos esperar más: ¡tenemos que recurrir a las armas!’. Estaba en medio del discurso cuando una tropa de soldados a caballo irrumpió en el lugar y se abalanzó sobre la multitud, hiriendo a muchos. Mi papá se despertó tirado en el suelo.

Esa noche varias personas llegaron a nuestra casa a prevenirnos: se decía que el rey y los nobles se aliarían para masacrar al pueblo. Y nos contaron que los parisinos, para defenderse, estaban saqueando todos los depósitos de armas de la ciudad.

Esa noche Marie vino a buscarme y me dijo que su padre y hermanos mayores habían partido a Los Inválidos, al igual que mi padre, y me propuso que los siguiéramos. Y cuando las campanas de la iglesia dieron las seis de la mañana, Marie y yo nos encontramos en medio de una enorme muchedumbre. El pueblo se agolpaba frente a Los Inválidos. Algunos ciudadanos distribuían fusiles; otros tenían cañones. Se empezaron a oír voces que gritaban ‘A La Bastilla, a buscar pólvora para nuestros cañones’. El sol estaba en lo alto cuando el tumulto llegó frente a los tor reones de La Bastilla, que contenía los arsenales de pólvora. Un viejo de barba anunció a voz en cuello: ‘–El gobernador se niega a bajar el puente’.

Entonces se escuchó un terrible estruendo: el primer piquete de hombres había cortado a golpes de hacha las cadenas del puente. Una oleada de hombres se abalanzó a cruzarlo. Y en ese momento los primeros disparos salieron desde la fortaleza. ¡Ay, abuela: los heridos y los muertos comenzaron a caer! Un estallido de cañones terminó por abatir las últimas puertas de La Bastilla y la fortaleza fue invadida. Parecía que todo París hubiera entrado en La Bastilla. En ese momento corrimos hasta llegar a casa. Papá volvió muy tarde, estaba pálido y sucio y nos dijo: ‘–Cayó La Bastilla. He visto la cabeza del gobernador en la punta de una bayoneta’.

Los días que siguieron nos asustamos mucho por ti. Llegaron noticias de que bandas de malhechores robaban en los campos; quemaban y saqueaban todo a su paso. También supimos de campesinos que incendiaron los castillos y de muchos muertos. Días después mi padre dijo que íbamos a celebrar porque ahora todos éramos libres e iguales. Así lo decían las primeras palabras de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que proclamó solemnemente la Asamblea Nacional.“

“El rey, como Odette pensaba, no solucionaría los problemas del pueblo ni tendría larga vida. Los sucesos más sangrientos aún no comenzaban. Para que la paz se instaurara en Francia tendrían que morir muchas personas; entre ellas el padre de Odette [...].”

Tomado de Balcells y Güiraldes.
Un día en la vida de Odette, hija de la Revolución Francesa,
Chile, Editora Zig-zag, 1993.

2. Los burgueses:
http://sepiensa.org.mx/contenidos/2007/s_burgueses/p1.html

3. Audios
Olimpia de Gouges... http://www.radialistas.net/clip.php?id=1600006
Mary Wollstonnecraft... http://www.radialistas.net/clip.php?id=1600055

Para la revisar en receso de octubre....